En cumplimiento con lo ordenado en el Artículo 7. Publicidad, de la “Norma sobre Transparencia en las Operaciones Financieras”, contenida en la Resolución No. CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013, de fecha 30 de agosto de 2013, publicamos el siguiente:
REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN
“MOVETE HACIA LO NUEVO CON KASH”
Válido del 15 de noviembre de 2024 hasta el 10 de diciembre de 2024
Este reglamento tiene por objeto aclarar, normar, regular y establecer los términos, condiciones y disposiciones bajo las cuales se regirá la promoción denominada “MOVETE HACIA LO NUEVO CON KASH”, en adelante (LA PROMOCION).
PRIMERO: DE LA PROMOCIÓN.
El funcionamiento, publicidad y derechos de autor de LA PROMOCIÓN corresponde en forma exclusiva a la entidad mercantil denominada BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A. (BAC), en adelante “BAC” y será aplicable a LA PROMOCIÓN, bajo los términos y condiciones expresados en el reglamento de LA PROMOCIÓN, en adelante “EL REGLAMENTO”.
SEGUNDO: DEFINICIONES.
Para los efectos de EL REGLAMENTO se entenderá por:
- EQUIPO DE KASH:
Se entenderá como BAC y/o cualquier empresa subcontratada para el mercadeo de la aplicación KASH. - KASH:
Es la aplicación móvil que permite realizar transferencias usando tarjetas de débito de distintos bancos del país, sean tarjetas Visa o Mastercard, emitidas en Nicaragua. - KASHTAG:
Es el nombre único con que se identifica un USUARIO. - ORGANIZADOR o PATROCINADOR:
Es el Banco de América Central, S.A. (BAC). - REGLAMENTO:
Este documento. - USUARIO(S):
Es la persona que descarga y se registra en la aplicación KASH. - PROMOCIÓN:
Es la actividad promocional regulada en EL REGLAMENTO. - PARTICIPANTES:
Los USUARIOS de KASH, mayores de edad que colaboran en las entidades denominadas: Banco de América Central, S.A. (BAC), Crédito, S.A. (Credomatic) y Almacenes Generales de Depósito BAC, S.A. (ALFIBAC); y que durante el período de LA PROMOCIÓN realicen una transferencia a otro KASHTAG en Nicaragua por un monto igual o mayor a diez córdobas (C$10.00) con tarjetas de débito de la marca Mastercard emitidas por bancos nicaragüenses. - USUARIO NUEVO:
Persona que aún no ha descargado la aplicación Kash y/o no ha registrado al menos una tarjeta de débito y/o que no ha realizado su primera transferencia.
TERCERO: ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO
Por el hecho de participar en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES aceptan EL REGLAMENTO, sujetándose a las decisiones de BAC en cualquier asunto relacionado con LA PROMOCIÓN.
CUARTO: VIGENCIA.
LA PROMOCIÓN es por tiempo limitado y estará vigente en el periodo comprendido entre el día quince (15) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) hasta el diez (10) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).
QUINTO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.
a) Durante el período de vigencia, podrán participar en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES que realicen una transferencia a otro KASHTAG en Nicaragua por un monto igual o mayor a diez córdobas (C$10.00) con tarjetas de débito de la marca Mastercard emitidas por bancos nicaragüenses.
b) Cada transferencia conforme lo indicado en el literal a) que antecede, es una oportunidad para participar en el sorteo, de manera que entre más transferencias realice un KASHTAG más oportunidades de ganar tendrá.
c) Entre los PARTICIPANTES que cumplan con EL REGLAMENTO durante el período de LA PROMOCIÓN, se sorteará una (1) moto eléctrica YADEA E8S PRO.
d) El sorteo se realizará el día doce (12) de diciembre del año dos mil veinticuatro en presencia de abogado y notario público autorizado. Sin embargo, la fecha de realización del sorteo se podrá adelantar o posponer a entera y absoluta discreción de BAC, siempre y cuando sea realizado entre el día once (11) y el día trece (13) del mes de diciembre del año 2024.
e) El PARTICIPANTE que resulte ganador de LA PROMOCIÓN será contactado por medio del número de teléfono celular registrado en la aplicación KASH.
f) Se entregará como máximo una (1) moto eléctrica YADEA E8S PRO.
SEXTO: CONDICIONES.
a) Participan en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES que durante el periodo de vigencia de LA PROMOCIÓN realicen una transferencia a otro KASHTAG en Nicaragua por un monto igual o mayor a diez córdobas (C$10.00) con tarjetas de débito de la marca Mastercard emitidas por bancos nicaragüenses.
b) LA PROMOCIÓN está dirigida exclusivamente a personas físicas, mayores de edad que cuenten con un documento de identidad válido y vigente, reconocido en la República de Nicaragua y que cumplan con EL REGLAMENTO.
c) Todo PARTICIPANTE que decida participar en LA PROMOCIÓN, deberá tener conocimiento y aceptar EL REGLAMENTO. El reclamo y la aceptación conlleva a la forzosa e irrefutable obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto a EL REGLAMENTO.
d) En ningún caso BAC es y será responsable por premios no reclamados en tiempo y forma por el ganador.
SÉPTIMO: PREMIO.
a) El beneficio de LA PROMOCIÓN consiste en una (1) moto eléctrica YADEA E8S PRO. Entre los PARTICIPANTES que cumplan con EL REGLAMENTO, será sorteado un (1) ganador.
b) Se realizará un sorteo por medio de tómbola electrónica aleatoria donde se sorteará un (1) ganador y tres (3) sustitutos, los que no deberán repetirse. De entre los seleccionados se verificará si cumplen con EL REGLAMENTO para ser ganador.
c) Se notificará por medio de llamada al número de teléfono celular con el que se registró en la aplicación KASH a cada ganador el día del sorteo, es decir el día doce (12) de diciembre del año dos mil veinticuatro, sin embargo, es entendido que la fecha de realización del sorteo se podrá adelantar o posponer a entera y absoluta discreción de BAC, siempre y cuando sea realizado entre el día once (11) y el día trece (13) del mes de diciembre del año 2024. En caso de que un KASHTAG ganador no responda al tercer intento de contacto, se procederá a contactar al primer sustituto seleccionado y así sucesivamente.
d) El premio será entregado en las oficinas centrales de BAC ubicadas en el Centro Empresarial Pellas, Kilometro 4 ½ carretera a Masaya y/o en el lugar y en fecha que BAC comunique al ganador.
e) A efecto de retirar su premio, el ganador deberá presentarse con cédula de identidad, como único documento de identificación legalmente aceptable.
f) El ganador deberá aceptar las condiciones de garantía y otras condiciones del proveedor de la moto eléctrica YADEA E8S PRO, quien para todos los efectos será el único responsable frente al ganador y frente a terceros por las condiciones mecánicas y de funcionamiento de la moto. En consecuencia, el proveedor de la moto eléctrica será el único responsable frente a cada ganador y frente a terceros por el cumplimento de la legislación vigente sobre protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias y cualquier reclamación al respecto deberá ser presentada por el ganador únicamente ante dicho proveedor. El ganador no podrá presentar reclamaciones de esta naturaleza ante el BAC, sus accionistas, directores, gerentes y colaboradores.
g) El ganador es el único responsable de asumir los costos, gastos y realizar los trámites de la contratación de seguro, obtención de matrícula, placa, circulación y/o cualquier otro trámite que sea necesario para legalizar la moto eléctrica YADEA E8S PRO a su favor.
h) El ganador aceptará el color de moto eléctrica YADEA E8S PRO que el proveedor disponga. Es entendido y expresamente aceptado por el ganador que, no podrá objetar ni solicitar cambio de color u otra versión de la moto eléctrica YADEA E8S PRO ni solicitar su sustitución o canje por otra.
i) BAC no será responsable por accidentes que pueda sufrir en ganador al maniobrar o utilizar el premio.
OCTAVO: DERECHO DE IMAGEN Y DIVULGACIÓN.
Con el fin de hacer público el resultado de LA PROMOCIÓN, el PARTICIPANTE que resulte favorecido autoriza expresamente a que sus nombres y apellidos, número de cédula de identidad, imagen personal y/o voz aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios que BAC determine, y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a LA PROMOCIÓN, como entrega y recibo del premio, sin que esto implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de cualquier tipo incluyendo de imagen por parte del PARTICIPANTE ganador o cualquier otra persona.
NOVENO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.
Cuando sea para beneficio de los PARTICIPANTES o para mejorar la transparencia de LA PROMOCIÓN, BAC se reserva el derecho de modificar EL REGLAMENTO en cualquier momento para introducir todas aquellas cláusulas necesarias para la buena marcha de LA PROMOCIÓN, así como los intereses de los PARTICIPANTES. Estas modificaciones serán publicadas en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/ para que los PARTICIPANTES tengan conocimiento de ellas, siendo obligación de los PARTICIPANTES mantenerse informados al respecto.
DÉCIMO: RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES.
a) BAC podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el adecuado desarrollo de LA PROMOCIÓN y se reservará el derecho de suspenderla, quedando exonerado de cualquier tipo de responsabilidad, en caso de detectar y/o descubrir defraudaciones o cualquier otra irregularidad que sea sospechosa de origen delictivo o proveniente de la comisión del delito de lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo y/o financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva;
b) Cualquier situación de hecho o de derecho relacionada con LA PROMOCIÓN que no se encuentre regulada por EL REGLAMENTO, quedará sujeta y resuelta por BAC, conforme a las disposiciones legales de la República de Nicaragua;
DÉCIMO PRIMERO: INFORMACIÓN ADICIONAL.
a) El ganador será propietario del premio y responsable de su uso y disfrute a partir del momento en que lo reciba.
b) El derecho al premio y el premio en sí son intransferibles, no negociables y tampoco puede ser permutado ni comercializado de ninguna forma.
c) En ninguna circunstancia el premio podrá ser entregado en dinero en efectivo.
d) BAC no se hace responsable por daños, perjuicios o pérdidas ocasionadas por el ganador, por el uso y disfrute del premio; ni asumirá responsabilidad alguna resultante de querellas, juicios, reclamos o cualquier acción legal resultante de dichas acciones.
e) Si por alguna razón no imputable a BAC, resultase ganador algún PARTICIPANTE que no cumpla con los requisitos establecidos en EL REGLAMENTO; éste se dejará sin efecto y BAC no asume ningún compromiso ni obligación de satisfacer el premio.
f) BAC suspenderá en forma inmediata LA PROMOCIÓN, sin asumir responsabilidad alguna, si detectare fraude o situaciones de fuerza mayor que afecten la reputación y/o intereses de BAC.
g) BAC queda facultado para que, en cualquier momento, y a su exclusivo juicio, suspender temporal o definitivamente LA PROMOCIÓN, debiendo únicamente comunicar dicha circunstancia en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/ .
h) EL REGLAMENTO estará disponible para su consulta durante el periodo de LA PROMOCIÓN en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/ .
i) EL REGLAMENTO cumplirá con lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, en lo referente a que el sorteo deberá realizarse en presencia de un abogado y notario público, quien dará fe de los resultados.
j) Conforme a lo establecido en la Normativa sobre Transparencia en las Operaciones Financieras, cualquier reclamo producto de LA PROMOCIÓN, deberá ser tramitado ante la Oficina de Atención Especializada de BAC y en caso de falta de respuesta o si esta fuera negativa, ante la Dirección de Atención a las Personas Usuarias de Servicios Financieros (DAUSF) de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF).
DÉCIMO SEGUNDO: AUTORIZACIÓN.
Los PARTICIPANTES al participar en LA PROMOCIÓN autorizan y dan su consentimiento para que BAC utilice y conserve sus datos personales y/o información sobre los PARTICIPANTES y dan su consentimiento expreso para el uso de esos datos en los límites razonables dentro de la legislación en materia de protección de datos personales.
Dado en la ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua, el día 14 de noviembre de 2024.