Kash te lleva al concierto de Aventura

En cumplimiento con lo ordenado en el Artículo 7 de la “Norma sobre Transparencia en las Operaciones Financieras”, contenida en la Resolución No. CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013, de fecha 30 de agosto de 2013, publicamos el siguiente:

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN: “KASH TE LLEVA AL CONCIERTO DE AVENTURA”

PRIMERO: DE LA PROMOCIÓN.
El funcionamiento, publicidad y derechos de autor de LA PROMOCIÓN corresponde en forma exclusiva a la entidad mercantil denominada BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A. (BAC), en adelante “BAC” y será aplicable a la promoción “KASH TE LLEVA AL CONCIERTO DE AVENTURA”, bajo los términos y condiciones expresados en el Reglamento de LA PROMOCIÓN, en adelante “EL REGLAMENTO”.

SEGUNDO: DEFINICIONES.
Para los efectos de EL REGLAMENTO se entenderá por:

• EQUIPO DE KASH: Se entenderá como BAC y/o cualquier empresa subcontratada para el mercadeo de la aplicación KASH.
• KASH: Es la aplicación móvil que permite realizar transferencias usando tarjetas de débito de distintos bancos del país, sean tarjetas Visa o MasterCard, emitidas en Nicaragua.
• KASHTAG: Nombre único con que se identifica un USUARIO.
• ORGANIZADOR: Banco de América Central, S.A. (BAC).
• REGLAMENTO: Este documento.
• USUARIO(S): Persona que descarga y se registra en la aplicación KASH.
• PROMOCIÓN: La actividad promocional regulada en el presente Reglamento.
• PARTICIPANTES: Los USUARIOS de KASH que durante el período de LA PROMOCIÓN realicen una transferencia a otro Kashtag en Nicaragua por un monto igual o mayor a 50 córdobas (C$ 50.00) con tarjetas de débito marca Visa o Mastercard emitidas por bancos nicaragüenses.
• USUARIO NUEVO: Persona que aún no ha descargado la aplicación Kash y/o, no ha registrado al menos una tarjeta de débito y/o que no ha realizado su primera transferencia.

TERCERO: ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO
Por el hecho de participar en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES aceptan el REGLAMENTO, sujetándose a las decisiones de BAC en cualquier asunto relacionado con LA PROMOCIÓN.

CUARTO: VIGENCIA.
LA PROMOCIÓN es por tiempo limitado y estará vigente en el periodo comprendido entre el día veinticuatro (24) de octubre del año dos mil veinticuatro y el día treinta y uno (31) de octubre del año dos mil veinticuatro, inclusive.

QUINTO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.
a) Podrán participar en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES que realicen una transferencia a otro Kashtag en Nicaragua por un monto igual o mayor a cincuenta córdobas (C$50.00) con tarjetas de débito marca Visa o Mastercard emitidas por bancos nicaragüenses, del 24 de octubre al 31 de octubre de 2024
b) Entre los PARTICIPANTES que cumplan con EL REGLAMENTO durante el Período de LA PROMOCIÓN, se sortearán tres (3) entradas dobles a Gradería General para el concierto de Aventura a realizarse en el Estadio Soberanía de la ciudad de Managua, Nicaragua, el día 5 de noviembre del año 2024.
c) Los PARTICIPANTES que resulten ganadores de LA PROMOCIÓN serán contactados por medio del número de celular registrado en la aplicación KASH el viernes uno de noviembre de 2024.
d) Por cada PARTICIPANTE que resulte ganador, se entregará como máximo dos entradas a Gradería General para el concierto de Aventura, cada PARTICIPANTE únicamente podrá resultar ganador una vez durante el Periodo de Vigencia.

SEXTO: CONDICIONES.
e) Participan en esta promoción, los PARTICIPANTES que realicen una transferencia a otro Kashtag en Nicaragua por un monto mayor o igual a cincuenta córdobas (C$50.00) con tarjetas de débito marca Visa o Mastercard emitidas por bancos nicaragüenses, del 24 de octubre al 31 de octubre de 2024
a) Esta promoción está dirigida exclusivamente a personas físicas, mayores de edad que cuenten con un documento de identidad válido y vigente, reconocido por la República de Nicaragua y que cumplan con EL REGLAMENTO.
b) Todo PARTICIPANTE que decida participar en la Promoción, deberá tener conocimiento y aceptar este Reglamento. El reclamo y la aceptación conlleva a la forzosa e irrefutable obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto a EL REGLAMENTO.

SÉPTIMO: PREMIO.
a) El beneficio de LA PROMOCIÓN consiste en dos entradas a Gradería General por cada ganador para el concierto de Aventura a realizarse en el Estadio Soberanía de la ciudad de Managua, Nicaragua, el día 5 de noviembre del año 2024.
b) Se realizará un sorteo por medio de tómbola electrónica donde se seleccionarán tres (3) ganadores y seis (6) sustitutos. De entre los seleccionados se verificará si cumplen con EL REGLAMENTO para ser seleccionado como ganador.

c) Cada KASHTAG únicamente podrá resultar ganador una vez durante el Periodo de Vigencia, ya sea en calidad de ganador principal o sustituto, por lo que no podrá ser ganador principal en dos ocasiones y/o ganador principal y sustituto al mismo tiempo.

d) Se notificará por medio de llamada al número con el que se registró en la aplicación KASH a los ganadores el viernes uno de noviembre de 2024 para coordinar la entrega del premio. En caso de que un KASHTAG ganador no responda al tercer intento de contacto, se procederá a contactar al primer sustituto seleccionado y así sucesivamente.

e) El premio será entregado en las oficinas de Transformación digital, ubicadas en el Sexto piso del Centro Empresarial Pellas en la fecha que será indicada al PARTICIPANTE ganador. A efecto de retirar su premio, el ganador deberá presentarse con cédula de identidad, como único documento de identificación legalmente aceptable.

OCTAVO: DERECHO DE IMAGEN Y DIVULGACIÓN.
Con el fin de hacer público el resultado de LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES que resulten favorecidos autorizan a que sus nombres y apellidos, número de cédula de identidad, imagen personal y/o voz aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios, y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a LA PROMOCIÓN, como entrega y recibo del Premio, sin que esto implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.

NOVENO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.
Cuando sea para beneficio de los PARTICIPANTES o para mejorar la transparencia de LA PROMOCIÓN, BAC se reserva el derecho de modificar EL REGLAMENTO en cualquier momento para introducir todas aquellas cláusulas necesarias para la buena marcha de LA PROMOCIÓN, así como los intereses de los PARTICIPANTES. Estas modificaciones serán publicadas en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/ para que los PARTICIPANTES tengan conocimiento de ellas, siendo obligación de los PARTICIPANTES mantenerse informados al respecto.

DÉCIMO: RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES.
a) BAC podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el adecuado desarrollo de la Promoción y se reservará el derecho de suspenderla, quedando exonerado de cualquier tipo de responsabilidad, en caso de detectar y/o descubrir defraudaciones o cualquier otra irregularidad que sea sospechosa de origen delictivo o proveniente de la comisión del delito de lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo y/o financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva;
b) Cualquier situación de hecho o de derecho relacionada con LA PROMOCIÓN que no se encuentre regulada por EL REGLAMENTO, quedará sujeta y resuelta por BAC, conforme a las disposiciones legales de la República de Nicaragua;

DÉCIMO PRIMERO: INFORMACIÓN ADICIONAL.
a) Cada uno de los ganadores será propietario del Premio y responsable de su uso y disfrute a partir del momento en que lo reciba.

b) El derecho al Premio y el Premio en sí son intransferibles, no negociables y tampoco puede ser permutado ni comercializado de ninguna forma.

c) En ninguna circunstancia el Premio podrá ser entregado en dinero en efectivo.

d) BAC no se hace responsable por daños, perjuicios o pérdidas ocasionadas por el ganador, por el uso y disfrute del Premio; ni asumirá responsabilidad alguna resultante de querellas, juicios, reclamos o cualquier acción legal resultante de dichas acciones.

e) Si por alguna razón no imputable a BAC, resultase ganador algún PARTICIPANTE que no cumpla con los requisitos establecidos en EL REGLAMENTO; éste se dejará sin efecto y BAC no asume ningún compromiso ni obligación de satisfacer el Premio.

f) BAC suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si detectare fraude o situaciones de fuerza mayor que afecten la reputación y/o intereses de BAC.

g) BAC queda facultado para que, en cualquier momento, y a su exclusivo juicio, suspender temporal o definitivamente LA PROMOCIÓN, debiendo únicamente comunicar dicha circunstancia en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/ .

h) EL REGLAMENTO estará disponible para su consulta durante el Periodo de LA PROMOCIÓN en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/ .

i) EL REGLAMENTO cumplirá con lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, en lo referente a la fe pública de los resultados de esta mediante Notario Público.

j) Conforme a lo establecido en la Ley Número 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, en su artículo 2, párrafo segundo, cualquier reclamo producto de la presente promoción, deberá ser tramitado ante la Oficina de Atención Especializada de BAC y en caso de falta de respuesta ante la Dirección de Atención a las Personas Usuarias de Servicios Financieros (DAUSF) de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF).

Managua, 22 de octubre 2024

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