Kash facilita los envios a Centroamérica

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN: “Kash facilita los envios a Centroamérica”

PRIMERO: DE LA PROMOCIÓN.

El funcionamiento, publicidad y derechos de autor de LA PROMOCIÓN corresponde en forma exclusiva a la entidad mercantil denominada BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A. (BAC), en adelante “BAC” y será aplicable a la promoción “Kash facilita los envios a Centroamérica”, bajo los términos y condiciones expresados en el Reglamento de LA PROMOCIÓN, en adelante “EL REGLAMENTO”.

SEGUNDO: DEFINICIONES.

Para los efectos de EL REGLAMENTO se entenderá por:

  • EQUIPO DE KASH: Se entenderá como BAC y/o cualquier empresa subcontratada para el mercadeo de la aplicación KASH. 
  • KASH: Es la aplicación móvil que permite realizar transferencias usando tarjetas de débito de distintos bancos del país, sean tarjetas Visa o MasterCard, emitidas en Nicaragua.
  • KASHTAG: Nombre único que identifica un USUARIO.
  • ORGANIZADOR: Banco de América Central, S.A. (BAC).
  • REGLAMENTO: Este documento.
  • USUARIO: Persona que descarga y se registra en la aplicación KASH. 
  • PROMOCIÓN: La actividad promocional regulada en el presente Reglamento.
  • PARTICIPANTES: Los USUARIOS que durante el período de LA PROMOCIÓN realicen una transferencia a otro Kashtag en Panamá, Costa Rica, Honduras, Guatemala o El Salvador por un monto mayor o igual a novecientos diez córdobas (C$ 910.00) con tarjetas de débito marca Visa o MasterCard emitidas por bancos nicaragüenses.
  • USUARIO NUEVO: Persona que aún no ha descargado la aplicación Kash y/o, no ha registrado al menos una tarjeta de débito y/o que no ha realizado su primera transferencia.

TERCERO: ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO 

Por el hecho de participar en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES aceptan el REGLAMENTO, sujetándose a las decisiones de BAC en cualquier asunto relacionado con LA PROMOCIÓN. 

CUARTO: VIGENCIA. 

LA PROMOCIÓN es por tiempo limitado y estará vigente en el periodo comprendido entre el día dos (2) de septiembre del año dos mil veinticuatro y el día treinta (30) de septiembre del año dos mil veinticuatro, inclusive. 

QUINTO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.

  • Podrán participar en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES que realicen una transferencia a otro Kashtag en Panamá, Costa Rica, Honduras, Guatemala o El Salvador por un monto mayor o igual a novecientos diez córdobas (C$ 910.00) con tarjetas de débito marca Visa o MasterCard emitidas por bancos nicaragüenses, del 2 de septiembre al 30 de septiembre de 2024
  • Durante este periodo la comisión para el envío de dinero a USUARIOS en Centroamérica será de C$ 100 con tarjetas de débito marca Visa o MasterCard emitidas por bancos nicaragüenses durante el período de promoción. El cual será indicado al momento de realizar la transacción.

SEXTO: CONDICIONES. 

  • Participan en esta promoción, los PARTICIPANTES que realicen una transferencia a otro Kashtag en Panamá, Costa Rica, Honduras, Guatemala o El Salvador por un monto mayor o igual a novecientos diez córdobas (C$ 910.00) con tarjetas de débito marca Visa o MasterCard emitidas por bancos nicaragüenses, del 2 de septiembre al 30 de septiembre de 2024, inclusive.
  • Esta promoción está dirigida exclusivamente a personas físicas, mayores de edad que cuenten con un documento de identidad válido y vigente, reconocido por la República de Nicaragua y que cumplan con EL REGLAMENTO
  • Todo PARTICIPANTE que decida participar en la Promoción, deberá tener conocimiento y aceptar este Reglamento. El reclamo y la aceptación conlleva a la forzosa e irrefutable obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto a EL REGLAMENTO. 

SEPTIMO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.

Cuando sea para beneficio de los PARTICIPANTES o para mejorar la transparencia de LA PROMOCIÓN, BAC se reserva el derecho de modificar EL REGLAMENTO en cualquier momento para introducir todas aquellas cláusulas necesarias para la buena marcha de LA PROMOCIÓN, así como los intereses de los PARTICIPANTES. Estas modificaciones serán publicadas en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/  para que los PARTICIPANTES tengan conocimiento de ellas, siendo obligación de los PARTICIPANTES mantenerse informados al respecto.

OCTAVO: RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES.

  • BAC podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el adecuado desarrollo de la Promoción y se reservará el derecho de suspenderla, quedando exonerado de cualquier tipo de responsabilidad, en caso de detectar y/o descubrir defraudaciones o cualquier otra irregularidad que sea sospechosa de origen delictivo o proveniente de la comisión del delito de lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo y/o financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva; 
  • Cualquier situación de hecho o de derecho relacionada con LA PROMOCIÓN que no se encuentre regulada por EL REGLAMENTO, quedará sujeta y resuelta por BAC, conforme a las disposiciones legales de la República de Nicaragua; 

DÉCIMO PRIMERO: INFORMACIÓN ADICIONAL. 

  • Si por alguna razón no imputable a BAC, algún PARTICIPANTE que no cumpla con los requisitos establecidos en EL REGLAMENTO; éste se dejará sin efecto y BAC no asume ningún compromiso ni obligación. 
  • BAC suspenderá en forma inmediata LA PROMOCIÓN, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegare a detectar fraude o situaciones de fuerza mayor que afecte los intereses de BAC.
  • BAC queda facultado para que, en cualquier momento, y a su exclusivo juicio, suspender temporal o definitivamente LA PROMOCIÓN, debiendo únicamente comunicar dicha circunstancia en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/  .
  • EL REGLAMENTO estará disponible para su consulta durante el Periodo de la Promoción en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/  .

Managua, 2 de septiembre 2024

En cumplimiento con lo ordenado en el Artículo 7 de la “NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS”, contenida en la Resolución No. CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013, de fecha 30 de agosto de 2013, publicamos el siguiente:

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN: “Kash facilita los envios a Centroamérica”

PRIMERO: DE LA PROMOCIÓN.

El funcionamiento, publicidad y derechos de autor de LA PROMOCIÓN corresponde en forma exclusiva a la entidad mercantil denominada BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A. (BAC), en adelante “BAC” y será aplicable a la promoción “Kash facilita los envios a Centroamérica”, bajo los términos y condiciones expresados en el Reglamento de LA PROMOCIÓN, en adelante “EL REGLAMENTO”.

SEGUNDO: DEFINICIONES.

Para los efectos de EL REGLAMENTO se entenderá por:

  • EQUIPO DE KASH: Se entenderá como BAC y/o cualquier empresa subcontratada para el mercadeo de la aplicación KASH. 
  • KASH: Es la aplicación móvil que permite realizar transferencias usando tarjetas de débito de distintos bancos del país, sean tarjetas Visa o MasterCard, emitidas en Nicaragua.
  • KASHTAG: Nombre único que identifica un USUARIO.
  • ORGANIZADOR: Banco de América Central, S.A. (BAC).
  • REGLAMENTO: Este documento.
  • USUARIO: Persona que descarga y se registra en la aplicación KASH. 
  • PROMOCIÓN: La actividad promocional regulada en el presente Reglamento.
  • PARTICIPANTES: Los USUARIOS que durante el período de LA PROMOCIÓN realicen una transferencia a otro Kashtag en Panamá, Costa Rica, Honduras, Guatemala o El Salvador por un monto mayor o igual a novecientos diez córdobas (C$ 910.00) con tarjetas de débito marca Visa o MasterCard emitidas por bancos nicaragüenses.
  • USUARIO NUEVO: Persona que aún no ha descargado la aplicación Kash y/o, no ha registrado al menos una tarjeta de débito y/o que no ha realizado su primera transferencia.

TERCERO: ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO 

Por el hecho de participar en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES aceptan el REGLAMENTO, sujetándose a las decisiones de BAC en cualquier asunto relacionado con LA PROMOCIÓN. 

CUARTO: VIGENCIA. 

LA PROMOCIÓN es por tiempo limitado y estará vigente en el periodo comprendido entre el día dos (2) de septiembre del año dos mil veinticuatro y el día treinta (30) de septiembre del año dos mil veinticuatro, inclusive. 

QUINTO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.

  • Podrán participar en LA PROMOCIÓN, los PARTICIPANTES que realicen una transferencia a otro Kashtag en Panamá, Costa Rica, Honduras, Guatemala o El Salvador por un monto mayor o igual a novecientos diez córdobas (C$ 910.00) con tarjetas de débito marca Visa o MasterCard emitidas por bancos nicaragüenses, del 2 de septiembre al 30 de septiembre de 2024
  • Durante este periodo la comisión para el envío de dinero a USUARIOS en Centroamérica será de C$ 100 con tarjetas de débito marca Visa o MasterCard emitidas por bancos nicaragüenses durante el período de promoción. El cual será indicado al momento de realizar la transacción.

SEXTO: CONDICIONES. 

  • Participan en esta promoción, los PARTICIPANTES que realicen una transferencia a otro Kashtag en Panamá, Costa Rica, Honduras, Guatemala o El Salvador por un monto mayor o igual a novecientos diez córdobas (C$ 910.00) con tarjetas de débito marca Visa o MasterCard emitidas por bancos nicaragüenses, del 2 de septiembre al 30 de septiembre de 2024, inclusive.
  • Esta promoción está dirigida exclusivamente a personas físicas, mayores de edad que cuenten con un documento de identidad válido y vigente, reconocido por la República de Nicaragua y que cumplan con EL REGLAMENTO
  • Todo PARTICIPANTE que decida participar en la Promoción, deberá tener conocimiento y aceptar este Reglamento. El reclamo y la aceptación conlleva a la forzosa e irrefutable obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto a EL REGLAMENTO. 

SEPTIMO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.

Cuando sea para beneficio de los PARTICIPANTES o para mejorar la transparencia de LA PROMOCIÓN, BAC se reserva el derecho de modificar EL REGLAMENTO en cualquier momento para introducir todas aquellas cláusulas necesarias para la buena marcha de LA PROMOCIÓN, así como los intereses de los PARTICIPANTES. Estas modificaciones serán publicadas en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/  para que los PARTICIPANTES tengan conocimiento de ellas, siendo obligación de los PARTICIPANTES mantenerse informados al respecto.

OCTAVO: RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES.

  • BAC podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el adecuado desarrollo de la Promoción y se reservará el derecho de suspenderla, quedando exonerado de cualquier tipo de responsabilidad, en caso de detectar y/o descubrir defraudaciones o cualquier otra irregularidad que sea sospechosa de origen delictivo o proveniente de la comisión del delito de lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo y/o financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva; 
  • Cualquier situación de hecho o de derecho relacionada con LA PROMOCIÓN que no se encuentre regulada por EL REGLAMENTO, quedará sujeta y resuelta por BAC, conforme a las disposiciones legales de la República de Nicaragua; 

DÉCIMO PRIMERO: INFORMACIÓN ADICIONAL. 

  • Si por alguna razón no imputable a BAC, algún PARTICIPANTE que no cumpla con los requisitos establecidos en EL REGLAMENTO; éste se dejará sin efecto y BAC no asume ningún compromiso ni obligación. 
  • BAC suspenderá en forma inmediata LA PROMOCIÓN, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegare a detectar fraude o situaciones de fuerza mayor que afecte los intereses de BAC.
  • BAC queda facultado para que, en cualquier momento, y a su exclusivo juicio, suspender temporal o definitivamente LA PROMOCIÓN, debiendo únicamente comunicar dicha circunstancia en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/  .
  • EL REGLAMENTO estará disponible para su consulta durante el Periodo de la Promoción en la página de Kash en https://kashlatam.com/promociones-nicaragua/  .

Managua, 2 de septiembre 2024

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