Reto de facturación para comercios PYMES transacciones Kash

PRIMERA: OBJETO. Establecer las regulaciones del reto de facturación para comercios de Pymes participantes, según los términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento.

SEGUNDO: DEFINICIONES. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

1. REGLAMENTO: Este documento

2. ORGANIZADOR: Banco BAC San José, S.A. en adelante BAC.

3. KASH: La aplicación móvil que permite realizar transferencias en colones usando tarjetas de débito de distintos bancos del país, emitidas en Costa Rica. Además, permite hacer transferencias por medio de Sinpe Móvil.

4. KASHTAG VÁLIDO: Nombre único que identifica un USUARIO activo o inactivo de Kash.

5. USUARIO: Persona que descarga la aplicación Kash e ingresa la tarjeta de débito o afilió su SINPE Móvil.

6. EQUIPO DE KASH: Se entenderá como BAC y cualquier empresa que pueda subcontratar para el mercadeo de la aplicación KASH

TERCERO: REQUISITOS PARA PARTICIPAR. Podrán participar en la Promoción los Encargados de los comercios participantes previamente seleccionados e identificados por el equipo de PYMES BAC que estén inscritos en el app de Kash y con cuenta activa, que reciban el pago de sus productos y/o servicios a través del app de Kash, por parte de sus clientes, ya sea escaneando el código o digitando Kashtag o número de teléfono disponible en el punto de venta.

Esta promoción está dirigida exclusivamente a los encargados de comercios seleccionados previamente por el equipo de PYMES BAC que tengan su usuario de Kash ligado a la cuenta de pago de su negocio, que cuenten con un documento de identificación válido y vigente, reconocido por la República de Costa Rica. Todo encargado de comercio seleccionado por el equipo de PYMES BAC que desee participar en el reto deberá tener conocimiento y aceptar el contenido de este reglamento y sus modificaciones. El reclamo, la aceptación y el recibo del premio con lleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto al otorgamiento del premio. Por lo anterior y para todos los efectos legales, entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el sólo hecho de participar, y eventualmente de reclamar el beneficio en caso de ser ganador seleccionado, en cuyo caso se podrá exigir al interesado que, mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio indicado.

CUARTO: MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN. Promover el pago de los productos y/o servicios de su comercio participante de acuerdo a la siguiente lista, a través de las funcionalidades de transacción con la aplicación Kash como Sinpe móvil, Kashtag, escanéo de QR, entre las fechas del 20 de octubre al 20 de noviembre de 2025. Los 3 primeros comercios que reporten mayor cantidad de transacciones a través de la aplicación Kash, de acuerdo al reporte del área encargada de data de PYMES BAC, ganaran los siguientes premios, de acuerdo al orden de mayor cantidad de transacciones recibidas por el comercio.

En caso de que dos comercios queden con la misma cantidad de transacciones, ganará el que en la suma de las transacciones tenga el monto mayor a nivel de facturación acumulado registrado. Los comercios que participan en este reto son:

  • EL DESVAN – San José Centro
  • ICE ROCK – Pavas
  • BLOSSOM CAFETERIA – Zapote
  • EMPANADAS DOÑA BARBARA – Santa Ana
  • TERAFRUT – Barrio México
  • EL RINCON DEL MARIACHI – Coronado
  • SAISAKI – Paseo Colón
  • CEVICHEANDOANDO -Lindora
  • PAN MORA – Pavas
  • ABASTECEDOR MYM – Escazú

QUINTO: PREMIO.

Primer lugar: 1 ganador de 1 bono por $800.

Segundo lugar: 1 ganador de 1 bono por $500.

Tercer lugar: 1 ganador de 1 bono por $300

Cada ganador será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Los participantes liberan de responsabilidad al organizador, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción.

Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por:

a) Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo

b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción

c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.

SEXTO: MECÁNICA DE OTORGAMIENTO DEL PREMIO:

La elección de las personas ganadoras se realizará de acuerdo al reporte generado del equipo de Data del área de negocio de PYMES BAC y/o Namutek, donde se indique el número de transacciones y montos de facturación recibidos durante el periodo de participación, los primeros 15 días laborales una vez terminado el periodo de participación vigente. Cada persona ganadora será notificada y contactada por el equipo de negocio del área de PYMES BAC en los próximos 5 días realizada la selección. La selección de ganadores se realizará con la presencia de un notario público para validar la correcta ejecución de la selección.

El premio será depositado a la cuenta de débito BAC registrada en un periodo aproximado de 1 mes de ser notificado el ganador.

Si una persona participante se encuentra morosa o bien es fiador, avalista o está ligado de cualquier otra forma posible a una operación que se encuentre en mora, de acuerdo con las políticas de “BAC CREDOMATIC”, NO TENDRÁ DERECHO AL PREMIO (los conceptos de “mora” o “premora” aquí referidos, no afectan ni limitan el derecho del acreedor de hacer exigible la obligación y presentar el cobro correspondiente, al momento del incumplimiento de acuerdo con lo establecido en los créditos y legislación mercantil).

SETIMO: PLAZO. Válido durante el período que comienza el 20 de octubre del 2025 al 20 de noviembre del 2025.

OCTAVO: MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO. BAC se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha del reto.

NOVENO: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN. El Organizador se reserva el derecho de, a su exclusiva discreción, invalidar cualquier y toda participación de cualquier USUARIO, si el Organizador considera que el USUARIO ha tratado de, o efectivamente ha logrado, manipular de forma ilícita o fraudulenta, la administración, la seguridad, la equidad y la debida ejecución de la Promoción.

DECIMO: RECLAMO DEL PREMIO: En el caso de los premios indicados, el beneficio será entregado al ganador por medio de bono depositado a la cuenta débito BAC registrada del ganador. En caso de dudas sobre el premio consultar con el contacto del área de PYMES BAC.

DÉCIMO PRIMERO: FORMA DE APLICAR LA PROMOCIÓN: El beneficio de esta promoción se entregará a cada ganador en el lugar, en la fecha y hora acordada. Nunca el premio se entregará al ganador de la promoción en efectivo u otro medio de compensación equivalente.

DÉCIMO SEGUNDO: OTROS TEMAS LEGALES.

1. Cada premio de esta Promoción es personal e intransferible.

2. Esta Promoción no es acumulable con otros descuentos y/o promociones y no es canjeable por efectivo.

3. El Organizador es exclusivo y directamente responsable frente a los USUARIOS por la calidad de los productos y/o servicios, así como del cumplimiento de todas las normas existentes y por existir (durante el Periodo de la Promoción) relacionadas con la producción, normas de sanidad, comercialización y el uso de los productos objeto de la Promoción.

4. Ni BAC, ni sus designados, ni cesionarios, ni alguno de sus respectivos directivos, empleados, representantes y/o agentes, tendrán responsabilidad por daños que se deban total o parcialmente, directa o indirectamente, por la aceptación de los premios ofrecidos por el Organizador, incluyendo daños físicos, mentales o patrimoniales, grave daño corporal o la muerte.

5. Al participar se entenderá que los participantes han aceptado íntegramente las condiciones establecidas en el presente reglamento.

6. BAC no se hará cargo de ningún gasto incurrido por cada favorecido para participar en la promoción, así como para retirar ni disfrutar del premio de la presente promoción.

7. BAC se limita a entregar únicamente los premios y beneficios ofrecidos en este reglamento, por lo que no se aceptarán cambios ni mejoría en los mismos.

DÉCIMO TERCERO: ÁREA DE LA PROMOCIÓN: Válido en la República de Costa Rica.

DÉCIMO CUARTO: LEY APLICABLE: Los USUARIOS reconocen y aceptan que la ley aplicable para cualquier controversia que surja con relación a la actividad será la de Costa Rica y renuncian a su derecho a iniciar cualquier tipo de reclamación en otra jurisdicción.

DÉCIMO QUINTO: DIVULGACIÓN: Los presentes Términos y Condiciones se encuentran disponibles para su consulta durante el Periodo de la Promoción en Kash (kashlatam.com/cr/promociones)

DÉCIMO SEXTO: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

DÉCIMO SETIMO: RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR. El beneficiario será responsable del uso y disfrute que le dé al premio. Los participantes liberan de responsabilidad al organizador, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción. Los participantes liberan de responsabilidad a BAC por Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute de los premios.

DÉCIMO OCTAVO: PROPIEDAD INTELECTUAL. Los participantes en esta promoción, así como los involucrados directamente en la misma respetarán todos los emblemas, logos, slogans y demás distintivos marcarios o de propiedad intelectual que son propiedad de “BAC”. Y reconocen que el presente documento no les concede derecho alguno sobre ellos.

DÉCIMO NOVENO: INFORMACIÓN ADICIONAL. Toda la información de la promoción y este reglamento será divulgada por medio de la página web: www.kashlatam.com Para información adicional podrá contactar al equipo de servicio al cliente por los diferentes canales habilitados por BAC.

VIGEISMO: DERECHO DE IMAGEN. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, la persona que resulte favorecida autoriza a que su nombre e imagen (de ser necesario) aparezca en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.

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