PRIMERA: OBJETO. Establecer las regulaciones de la promoción denominada “Bono Primera
Transferencia” según los términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento.
SEGUNDO: DEFINICIONES. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
- REGLAMENTO: Este documento
- ORGANIZADOR: Banco BAC San José, S.A. en adelante BAC.
- KASH: La aplicación móvil que permite realizar transferencias en colones usando tarjetas de
débito de distintos bancos del país, sean tarjetas Visa o Mastercard, emitidas en Costa Rica.
Además, permite hacer transferencias por medio de Sinpe Móvil. - KASHTAG VÁLIDO: Nombre único que identifica un USUARIO activo o inactivo de Kash.
- USUARIO: Persona que descarga la aplicación Kash e ingresa la tarjeta de débito Visa o
Mastercard o afilió su SINPE Móvil. - EQUIPO DE KASH: Se entenderá como BAC y cualquier empresa que pueda subcontratar para
el mercadeo de la aplicación KASH - PREMIO: monto que se obtiene al cumplir las condiciones establecidas por la promoción “Bono
Primera Transferencia” Lo anterior dentro de las fechas del 17 de noviembre del 2025 al 02 de
enero del 2026.
TERCERO: REQUISITOS PARA PARTICIPAR. Podrán participar en la Promoción los USUARIOS
que: - Descarguen la aplicación Kash y registren al menos una tarjeta de débito Visa o MasterCard o
afilie su SINPE Móvil. - Realicen su primera transferencia en Kash, ya sea, envío de dinero a otro kashtag, envío de
dinero vía SINPE Móvil, pago de servicios públicos o envío de dinero a Centroamérica. En los
casos de un monto de envío de dinero, este debe ser un mínimo de ¢100 (cien colones exactos),
exceptuando el envío de dinero a Centroamérica, donde el mínimo para la realización de esta
transferencia es de ¢17.000 (diecisiete mil colones exactos). - Esta promoción está dirigida exclusivamente a personas físicas mayores edad que cuenten con
un documento de identificación válido y vigente, reconocido por la República de Costa Rica.
Toda persona que desee participar en la promoción deberá tener conocimiento y aceptar el
contenido de este reglamento y sus modificaciones. El reclamo, la aceptación y el recibo del
premio con lleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de
participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto al otorgamiento
del premio. Por lo anterior y para todos los efectos legales, entenderá que la manifestación de
voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el sólo hecho de participar en la
dinámica del concurso, y eventualmente de reclamar el beneficio de la promoción, en cuyo caso
se podrá exigir al interesado que, mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a
su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento.
Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el
patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de
entregar el premio indicado.
CUARTO: PREMIO. Los USUARIOS que descarguen la aplicación, registren su usuario, y su(s)
tarjeta(s) de débito Visa o MasterCard o afilie su SINPE Móvil y además realice su primera transferencia
en Kash, ya sea, envío de dinero a otro kashtag, envío de dinero vía SINPE Móvil, pago de servicios
públicos o envío de dinero a Centroamérica. En los casos de un monto de envío de dinero, este debe
ser un mínimo de ¢100 (cien colones exactos) durante el período de promoción, exceptuando la
transferencia a Centroamérica, en este caso el monto mínimo es ¢17.000 (diecisiete mil colones
exactos). El usuario ganará un bono de ¢2.500 (dos mil quinientos colones exactos), una única vez y se
le depositará a la tarjeta de débito registrada en Kash ya sea Visa o Mastercard. Durante el plazo de la
promoción se otorgará se otorgará como máximo 6.000 bonos de ¢2.500(dos mil quinientos colones
exactos), al llegar a los 6.000 la promoción del bono se apagará. En caso de que se alcance la cantidad
máxima de bonos, se les notificará a los usuarios a traves de las redes sociales de Kash
El beneficiario será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Los participantes liberan de
responsabilidad al organizador, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como
a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como
consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su
aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho
de haber participado y/o ganado en la promoción.
Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: a) Gastos
incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b)
Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que
alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros
que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.
QUINTO: MECÁNICA DE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO:
o Los bonos se otorgarán una vez que se haya validado que el usuario cumpla con los
requisitos descritos en la mecánica de la promoción.
o BAC y Kash no se hacen responsables del estado de la tarjeta de débito del usuario, es
el usuario quien debe asegurarse que su tarjeta esté activa y sin problemas de ningún
tipo para poder realizar la transferencia del premio
o Se realizará la acreditación del bono al día siguiente, después de confirmado el registro
único del usuario, de su(s) tarjeta(s) de débito o SINPE Móvil y la realización de la
primera transferencia, este bono se le depositará a la tarjeta de débito registrada en
Kash ya sea Visa o Mastercard.
o Promoción válida únicamente para usuarios que registren tarjetas de débito Visa o
Mastercard emitidas en Costa Rica.
o Si la tarjeta de débito Visa o Mastercard es de una cuenta en dólares, se realizará la
acreditación del premio realizando la transferencia en moneda local (colones
costarricenses), se transferirá el monto en dicha moneda y se aplicará la tasa cambiaria
vigente en el sistema para acreditar el premio en dólares.
o Durante el plazo de la promoción se otorgarán como máximo 6.000 bonos de ¢2.500
(dos mil quinientos colones exactos), al llegar a los 6.000 la promoción del bono se
apagará, o una vez cumplido el plazo
o BAC no será responsable en caso de que la transferencia al usuario Kash no sea exitosa
por estar la tarjeta de débito y/o la cuenta inactiva y/o bloqueada, por lo cual
automáticamente pierde el premio.
SEXTO: PLAZO. Promoción valida del de las fechas del del 17 de noviembre del 2025 al 02 de enero
del 2026.
SÉPTIMO: MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO. BAC se reserva el derecho de modificar este
Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la
buena marcha de la promoción y de los USUARIOS de Kash.
OCTAVO: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN. El Organizador se reserva el derecho de, a su exclusiva
discreción, invalidar cualquier y toda participación de cualquier USUARIO, si el Organizador considera
que el USUARIO ha tratado de, o efectivamente ha logrado, manipular de forma ilícita o fraudulenta, la
administración, la seguridad, la equidad y la debida ejecución de la Promoción.
NOVENO: RECLAMO DEL PREMIO: En el caso de los premios indicados, el beneficio será entregado
al ganador por medio de transferencia de la aplicación Kash. En caso de dudas sobre el premio los
canales autorizados serán: correo soporte@kashlatam.com y chat de la app Kash. El horario de atención
es 24/7.Nunca el bono se entregará al ganador de la promoción en efectivo u otro medio de
compensación equivalente.
DÉCIMO. OTROS TEMAS LEGALES. - El beneficio de esta Promoción es personal e intransferible.
- Esta Promoción no es acumulable con otros descuentos y/o promociones y no es canjeable por
efectivo. - El Organizador es exclusivo y directamente responsable frente a los USUARIOS por la calidad
de los productos y/o servicios, así como del cumplimiento de todas las normas existentes y por
existir (durante el Periodo de la Promoción) relacionadas con la producción, normas de sanidad,
comercialización y el uso de los productos objeto de la Promoción. Visa y Mastercard no provee
producto y/o servicio alguno, ni se hace responsable por los productos ni servicios objeto de la
Promoción, ni por errores humanos, técnicos o de computadoras que hagan que no se reciba el
premio de esta Promoción. - Ni BAC, ni sus designados, ni cesionarios, ni alguno de sus respectivos directivos, empleados,
representantes y/o agentes, tendrán responsabilidad por daños que se deban total o
parcialmente, directa o indirectamente, por la aceptación de los productos o servicios ofrecidos
por el Organizador, incluyendo daños físicos, mentales o patrimoniales, grave daño corporal o
la muerte. - Al participar se entenderá que los USUARIOS han aceptado íntegramente estos Términos y
Condiciones.
Los presentes Términos y Condiciones, serán válidos ante el Organizador, independientemente de las
propuestas, ofertas y/o comunicaciones tanto de los bancos emisores, así como de terceros,
relacionados directamente con los presentes Términos y Condiciones.
DÉCIMO PRIMERO: ÁREA DE LA PROMOCIÓN: Válido en la República de Costa Rica.
DÉCIMO SEGUNDO: LEY APLICABLE: Los USUARIOS reconocen y aceptan que la ley aplicable para
cualquier controversia que surja con relación a la actividad será la de Costa Rica y renuncian a su
derecho a iniciar cualquier tipo de reclamación en otra jurisdicción.
DÉCIMO TERCERO: DIVULGACIÓN: Los presentes Términos y Condiciones (Reglamento) se
encuentran disponibles para su consulta durante el Periodo de la Promoción en Kash
(kashlatam.com/cr/promociones)
DÉCIMO CUARTO: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. Ninguna disposición de la presente promoción
se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico
normal en el comercio. Ningún participante de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición
de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora. Con el cumplimiento de las
obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
DÉCIMO QUINTO: RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR. El beneficiario será responsable del
uso y disfrute que le dé al premio. Los participantes liberan de responsabilidad al organizador, empresas
afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante
o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la
promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o
bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la
promoción. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: - Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para
disfrutarlo. - Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o
similares que alteren el desarrollo de la promoción. - Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud
de esta promoción o durante el disfrute del premio.
DÉCIMO SEXTO: PROPIEDAD INTELECTUAL. Los participantes en esta promoción, así como los
involucrados directamente en la misma respetarán todos los emblemas, logos, slogans y demás
distintivos marcarios o de propiedad intelectual que son propiedad de “BAC”. Y reconocen que el
presente documento no les concede derecho alguno sobre ellos.
DÉCIMO SETIMO: INFORMACIÓN ADICIONAL. Toda la información de la promoción y este reglamento
será divulgada por medio de la página web: www.kashlatam.com Para información adicional podrá
contactar al equipo de servicio al cliente por los diferentes canales habilitados por BAC.
DÉCIMOOCTAVO: DERECHO DE IMAGEN. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción,
la persona que resulte favorecida autoriza a que su nombre aparezca en publicaciones y demás medios
publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción,
como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos
por derechos de imagen.
