Promoción “Bono de Reactivación Especial Cierre Año”

REGLAMENTO
Promoción “Bono de Reactivación Especial Cierre Año”
PRIMERA: OBJETO. Establecer las regulaciones de la promoción denominada “Bono de Reactivación
Especial Cierre Año” según los términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento.
SEGUNDO: DEFINICIONES. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

  1. REGLAMENTO: Este documento
  2. ORGANIZADOR: Banco BAC San José, S.A. en adelante BAC.
  3. KASH: La aplicación móvil que permite realizar transferencias en colones usando tarjetas de
    débito de distintos bancos del país, sean tarjetas Visa o Mastercard, emitidas en Costa Rica.
    Además, permite hacer transferencias por medio de Sinpe Móvil.
  4. KASHTAG VÁLIDO: Nombre único que identifica un USUARIO activo o inactivo de Kash.
  5. USUARIO: Persona que descarga la aplicación Kash e ingresa la tarjeta de débito Visa o
    Mastercard o afilió su SINPE Móvil.
  6. EQUIPO DE KASH: Se entenderá como BAC y cualquier empresa que pueda subcontratar para
    el mercadeo de la aplicación KASH
  7. PREMIO: monto que se obtiene al cumplir las condiciones establecidas por la promoción “Bono
    de Reactivación Especial Cierre Año”. Lo anterior dentro del plazo de las fechas del 05 de
    noviembre del 2025 al 31 de diciembre del 2025
    TERCERO: REQUISITOS PARA PARTICIPAR. Podrán participar en la Promoción los USUARIOS que:
  8. Realicen una transferencia en Kash con un monto mínimo de ¢1.000 colones, ya sea, envío de
    dinero a otro kashtag, envío de dinero vía SINPE Móvil, pago de servicios públicos o envío de
    dinero a Centroamérica.
  9. Adicionalmente, solo participan los usuarios seleccionados y que les llegué un correo de parte
    de la aplicación de Kash invitándolos a participar en la dinámica, por lo que, no participan los
    usuarios que no reciban el correo.
  10. Asimismo, es requisito contar con el SINPE Móvil activo y registrado en BAC, ya que, el bono
    de reactivación será acreditado en la cuenta bancaria registrada al SINPE móvil.
  11. Esta promoción está dirigida exclusivamente a personas físicas mayores edad que cuenten con
    un documento de identificación válido y vigente, reconocido por la República de Costa Rica.
    Toda persona que desee participar en la promoción deberá tener conocimiento y aceptar el
    contenido de este reglamento y sus modificaciones. El reclamo, la aceptación y el recibo del
    premio con lleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de
    participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto al otorgamiento
    del premio. Por lo anterior y para todos los efectos legales, entenderá que la manifestación de
    voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el sólo hecho de ser invitados a
    participar en la dinámica del concurso, y eventualmente de reclamar el beneficio de la
    promoción, en cuyo caso se podrá exigir al interesado que, mediante documento escrito,
    manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las
    cláusulas del reglamento.
    Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el
    patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de
    entregar el premio indicado.
    CUARTO: PREMIO. Los USUARIOS que sean invitados a participar y realicen una transferencia en
    Kash por un monto mínimo de ¢1.000 colones, ya sea, envío de dinero a otro kashtag, envío de dinero
    vía SINPE Móvil, pago de servicios públicos o envío de dinero a Centroamérica. Adicionalmente, solo
    participan los usuarios seleccionados y que les llegué un mensaje (push) a la aplicación de Kash
    invitándolos, o bien un correo electrónico a participar en la dinámica, ganarán un bono de ¢2.000 (dos
    mil colones exactos) y se le depositará a la cuenta bancaria de BAC registrada al SINPE móvil. Como
    parte de los requisitos para recibir el bono de ¢2.000 (dos mil colones exactos) es necesario que el
    SINPE móvil registrado en Kash se encuentre activo. Durante el plazo de la promoción se acreditarán
    bonos hasta agotar existencias o hasta que la organización encargada así lo decida.
    El beneficiario será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Los participantes liberan de
    responsabilidad al organizador, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como
    a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como
    consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su
    aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho
    de haber participado y/o ganado en la promoción.
    Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: a) Gastos
    incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b)
    Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que
    alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros
    que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.
    QUINTO: MECÁNICA DE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO:
    o Los bonos se otorgarán una vez que se haya validado que el usuario cumpla con los
    requisitos descritos en la mecánica de la promoción.
    o BAC y Kash no se hacen responsables del estado de la tarjeta de débito del usuario, es
    el usuario quien debe asegurarse que su tarjeta esté activa y sin problemas de ningún
    tipo para poder realizar la transferencia del premio, así como con el micro depósito.
    o Se realizará la acreditación del bono en un plazo de 1 a 5 días hábiles posterior al día
    de la transacción
    o Promoción válida únicamente para usuarios que registren su SINPE móvil en Kash y
    este se encuentre afiliado en BAC.
    o Durante el plazo de la promoción se acreditarán bonos hasta agotar existencias o hasta
    que la organización encargada así lo decida.
    o BAC no será responsable en caso de que la transferencia al usuario Kash no sea exitosa
    por estar la tarjeta de débito y/o la cuenta inactiva y/o bloqueada, por lo cual
    automáticamente pierde el premio.
    SEXTO: PLAZO. Válido durante el plazo de las fechas del 05 de noviembre del 2025 al 31 de
    diciembre del 2025
    SÉPTIMO: MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO. BAC se reserva el derecho de modificar este
    Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la
    buena marcha de la promoción y de los USUARIOS de Kash.
    OCTAVO: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN. El Organizador se reserva el derecho de, a su exclusiva
    discreción, invalidar cualquier y toda participación de cualquier USUARIO, si el Organizador considera
    que el USUARIO ha tratado de, o efectivamente ha logrado, manipular de forma ilícita o fraudulenta, la
    administración, la seguridad, la equidad y la debida ejecución de la Promoción.
    NOVENO: RECLAMO DEL PREMIO: En el caso de los premios indicados, el beneficio será entregado
    al ganador por medio de transferencia de la aplicación Kash. En caso de dudas sobre el premio los
    canales autorizados serán: correo soporte@kashlatam.com y chat de la app Kash. El horario de atención
    es 24/7.Nunca el bono se entregará al ganador de la promoción en efectivo u otro medio de
    compensación equivalente.
    DÉCIMO. OTROS TEMAS LEGALES.
  12. El beneficio de esta Promoción es personal e intransferible.
  13. Esta Promoción no es acumulable con otros descuentos y/o promociones y no es canjeable por
    efectivo.
  14. El Organizador es exclusivo y directamente responsable frente a los USUARIOS por la calidad
    de los productos y/o servicios, así como del cumplimiento de todas las normas existentes y por
    existir (durante el Periodo de la Promoción) relacionadas con la producción, normas de sanidad,
    comercialización y el uso de los productos objeto de la Promoción. Visa y Mastercard no provee
    producto y/o servicio alguno, ni se hace responsable por los productos ni servicios objeto de la
    Promoción, ni por errores humanos, técnicos o de computadoras que hagan que no se reciba el
    premio de esta Promoción.
  15. Ni BAC, ni sus designados, ni cesionarios, ni alguno de sus respectivos directivos, empleados,
    representantes y/o agentes, tendrán responsabilidad por daños que se deban total o
    parcialmente, directa o indirectamente, por la aceptación de los productos o servicios ofrecidos
    por el Organizador, incluyendo daños físicos, mentales o patrimoniales, grave daño corporal o
    la muerte.
  16. Al participar se entenderá que los USUARIOS han aceptado íntegramente estos Términos y
    Condiciones.
  17. Los presentes Términos y Condiciones, serán válidos ante el Organizador, independientemente
    de las propuestas, ofertas y/o comunicaciones tanto de los bancos emisores, así como de
    terceros, relacionados directamente con los presentes Términos y Condiciones.
    DÉCIMO PRIMERO: ÁREA DE LA PROMOCIÓN: Válido en la República de Costa Rica.
    DÉCIMO SEGUNDO: LEY APLICABLE: Los USUARIOS reconocen y aceptan que la ley aplicable para
    cualquier controversia que surja con relación a la actividad será la de Costa Rica y renuncian a su
    derecho a iniciar cualquier tipo de reclamación en otra jurisdicción.
    DÉCIMO TERCERO: DIVULGACIÓN: Los presentes Términos y Condiciones (Reglamento) se
    encuentran disponibles para su consulta durante el Periodo de la Promoción en Kash
    (kashlatam.com/cr/promociones)
    DÉCIMO CUARTO: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. Ninguna disposición de la presente promoción
    se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico
    normal en el comercio. Ningún participante de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición
    de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora. Con el cumplimiento de las
    obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
    DÉCIMO QUINTO: RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR. El beneficiario será responsable del
    uso y disfrute que le dé al premio. Los participantes liberan de responsabilidad al organizador, empresas
    afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante
    o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la
    promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o
    bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la
    promoción. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por:
  18. Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para
    disfrutarlo.
  19. Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o
    similares que alteren el desarrollo de la promoción.
  20. Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud
    de esta promoción o durante el disfrute del premio.
    DÉCIMO SEXTO: PROPIEDAD INTELECTUAL. Los participantes en esta promoción, así como los
    involucrados directamente en la misma respetarán todos los emblemas, logos, slogans y demás
    distintivos marcarios o de propiedad intelectual que son propiedad de “BAC”. Y reconocen que el
    presente documento no les concede derecho alguno sobre ellos.
    DÉCIMO SETIMO: INFORMACIÓN ADICIONAL. Toda la información de la promoción y este reglamento
    será divulgada por medio de la página web: www.kashlatam.com Para información adicional podrá
    contactar al equipo de servicio al cliente por los diferentes canales habilitados por BAC.
    DÉCIMOOCTAVO: DERECHO DE IMAGEN. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción,
    la persona que resulte favorecida autoriza a que su nombre aparezca en publicaciones y demás medios
    publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción,
    como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos
    por derechos de imagen.

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