PRIMERA: OBJETO. Establecer las regulaciones de la promoción denominada “Solo por este mes:
Hacé tu primera transferencia y ganáte ¢3500 colones” según los términos y condiciones establecidos
en el presente Reglamento.
SEGUNDO: DEFINICIONES. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
- REGLAMENTO: Este documento
- ORGANIZADOR: Banco BAC San José, S.A. en adelante BAC.
- KASH: La aplicación móvil que permite realizar transferencias en colones usando tarjetas de
débito de distintos bancos del país, sean tarjetas Visa o Mastercard, emitidas en Costa Rica.
Además, permite hacer transferencias por medio de Sinpe Móvil. - KASHTAG VÁLIDO: Nombre único que identifica un USUARIO activo o inactivo de Kash.
- USUARIO: Persona que descarga la aplicación Kash e ingresa la tarjeta de débito Visa o
Mastercard o afilió su SINPE Móvil. - EQUIPO DE KASH: Se entenderá como BAC y cualquier empresa que pueda subcontratar para
el mercadeo de la aplicación KASH - PREMIO: monto que se obtiene al cumplir las condiciones establecidas por la promoción “Solo
por este mes: Hacé tu primera transferencia y ganáte ¢3000 colones”. Lo anterior dentro del
plazo de la promoción que es del 03 de diciembre del 2025 al 02 de enero del 2026
TERCERO: REQUISITOS PARA PARTICIPAR. Podrán participar en la Promoción los USUARIOS
que: - Descarguen la aplicación Kash y registren al menos una tarjeta de débito Visa o MasterCard o
afilie su SINPE Móvil. - Realicen su primera transferencia en Kash, ya sea, envío de dinero a otro kashtag, envío de
dinero vía SINPE Móvil, pago de servicios públicos o envío de dinero a Centroamérica. En los
casos de un monto de envío de dinero, este debe ser un mínimo de ¢100 (cien colones exactos). - No participan en la presente promoción, los colaboradores del Grupo Financiero BAC.
- Esta promoción está dirigida exclusivamente a personas físicas mayores edad que cuenten con
un documento de identificación válido y vigente, reconocido por la República de Costa Rica.
Toda persona que desee participar en la promoción deberá tener conocimiento y aceptar el
contenido de este reglamento y sus modificaciones. El reclamo, la aceptación y el recibo del
premio con lleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de
participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto al otorgamiento
del premio. Por lo anterior y para todos los efectos legales, entenderá que la manifestación de
voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el sólo hecho de participar en la
dinámica del concurso, y eventualmente de reclamar el beneficio de la promoción, en cuyo caso
se podrá exigir al interesado que, mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a
su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento.
Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el
patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de
entregar el premio indicado.
CUARTO: PREMIO. Los USUARIOS que descarguen la aplicación, registren su usuario, y su(s)
tarjeta(s) de débito Visa o MasterCard o afilie su SINPE Móvil y además realice su primera transferencia
en Kash, ya sea, envío de dinero a otro kashtag, envío de dinero vía SINPE Móvil, pago de servicios
públicos o envío de dinero a Centroamérica. En los casos de un monto de envío de dinero, este debe
ser un mínimo de ¢100 (cien colones exactos durante el período de promoción, ganará un bono de
¢3.500 (tres quinientos mil colones exactos) una única vez y se le depositará a la tarjeta de débito
registrada en Kash ya sea Visa o Mastercard. Durante el plazo de la promoción se otorgará se otorgarán
únicamente 6.000 bonos de ¢3.500 (tres mil quinientos colones exactos), al llegar a los 6.000 la
promoción del bono se apagará. En caso de que se alcance la cantidad máxima de bonos, se les
notificará a los usuarios a traves de las redes sociales de Kash
El beneficiario será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Los participantes liberan de
responsabilidad al organizador, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como
a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como
consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su
aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho
de haber participado y/o ganado en la promoción.
Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: a) Gastos
incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b)
Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que
alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros
que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.
QUINTO: MECÁNICA DE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO:
o Los bonos se otorgarán una vez que se haya validado que el usuario cumpla con los
requisitos descritos en la mecánica de la promoción.
o BAC y Kash no se hacen responsables del estado de la tarjeta de débito del usuario, es
el usuario quien debe asegurarse que su tarjeta esté activa y sin problemas de ningún
tipo para poder realizar la transferencia del premio
o Se realizará la acreditación del bono al día siguiente, después de confirmado el registro
único del usuario, de su(s) tarjeta(s) de débito o SINPE Móvil y la realización de la
primera transferencia, este bono se le depositará a la tarjeta de débito registrada en
Kash ya sea Visa o Mastercard.
o Promoción válida únicamente para usuarios que registren tarjetas de débito Visa o
Mastercard emitidas en Costa Rica.
o Si la tarjeta de débito Visa o Mastercard es de una cuenta en dólares, se realizará la
acreditación del premio realizando la transferencia en moneda local (colones
costarricenses), se transferirá el monto en dicha moneda y se aplicará la tasa cambiaria
vigente en el sistema para acreditar el premio en dólares.
o Durante el plazo de la promoción se otorgará 6.000 bonos de ¢3.500 (tres mil quinientos
colones exactos), al llegar a los 6.000 la promoción del bono se apagará.
o BAC no será responsable en caso de que la transferencia al usuario Kash no sea exitosa
por estar la tarjeta de débito y/o la cuenta inactiva y/o bloqueada, por lo cual
automáticamente pierde el premio.
SEXTO: PLAZO. Promoción valida del 03 de diciembre del 2025 al 02 de enero del 2026.
SÉPTIMO: MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO. BAC se reserva el derecho de modificar este
Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la
buena marcha de la promoción y de los USUARIOS de Kash.
OCTAVO: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN. El Organizador se reserva el derecho de, a su exclusiva
discreción, invalidar cualquier y toda participación de cualquier USUARIO, si el Organizador considera
que el USUARIO ha tratado de, o efectivamente ha logrado, manipular de forma ilícita o fraudulenta, la
administración, la seguridad, la equidad y la debida ejecución de la Promoción.
NOVENO: RECLAMO DEL PREMIO: En el caso de los premios indicados, el beneficio será entregado
al ganador por medio de transferencia de la aplicación Kash. En caso de dudas sobre el premio los
canales autorizados serán: correo soporte@kashlatam.com y chat de la app Kash. El horario de atención
es 24/7.
Nunca el bono se entregará al ganador de la promoción en efectivo u otro medio de compensación
equivalente.
DÉCIMO. OTROS TEMAS LEGALES. - El beneficio de esta Promoción es personal e intransferible.
- Esta Promoción no es acumulable con otros descuentos y/o promociones y no es canjeable por
efectivo. - El Organizador es exclusivo y directamente responsable frente a los USUARIOS por la calidad
de los productos y/o servicios, así como del cumplimiento de todas las normas existentes y por
existir (durante el Periodo de la Promoción) relacionadas con la producción, normas de sanidad,
comercialización y el uso de los productos objeto de la Promoción. Visa y Mastercard no provee
producto y/o servicio alguno, ni se hace responsable por los productos ni servicios objeto de la
Promoción, ni por errores humanos, técnicos o de computadoras que hagan que no se reciba el
premio de esta Promoción. - Ni BAC, ni sus designados, ni cesionarios, ni alguno de sus respectivos directivos, empleados,
representantes y/o agentes, tendrán responsabilidad por daños que se deban total o
parcialmente, directa o indirectamente, por la aceptación de los productos o servicios ofrecidos
por el Organizador, incluyendo daños físicos, mentales o patrimoniales, grave daño corporal o
la muerte. - Al participar se entenderá que los USUARIOS han aceptado íntegramente estos Términos y
Condiciones. - Los presentes Términos y Condiciones, serán válidos ante el Organizador, independientemente
de las propuestas, ofertas y/o comunicaciones tanto de los bancos emisores, así como de
terceros, relacionados directamente con los presentes Términos y Condiciones.
DÉCIMO PRIMERO: ÁREA DE LA PROMOCIÓN: Válido en la República de Costa Rica.
DÉCIMO SEGUNDO: LEY APLICABLE: Los USUARIOS reconocen y aceptan que la ley aplicable para
cualquier controversia que surja con relación a la actividad será la de Costa Rica y renuncian a su
derecho a iniciar cualquier tipo de reclamación en otra jurisdicción.
DÉCIMO TERCERO: DIVULGACIÓN: Los presentes Términos y Condiciones (Reglamento) se
encuentran disponibles para su consulta durante el Periodo de la Promoción en Kash
(kashlatam.com/cr/promociones)
DÉCIMO CUARTO: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. Ninguna disposición de la presente promoción
se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico
normal en el comercio. Ningún participante de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición
de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora. Con el cumplimiento de las
obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
DÉCIMO QUINTO: RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR. El beneficiario será responsable del
uso y disfrute que le dé al premio. Los participantes liberan de responsabilidad al organizador, empresas
afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante
o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la
promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o
bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la
promoción. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: - Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para
disfrutarlo. - Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o
similares que alteren el desarrollo de la promoción. - Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud
de esta promoción o durante el disfrute del premio.
DÉCIMO SEXTO: PROPIEDAD INTELECTUAL. Los participantes en esta promoción, así como los
involucrados directamente en la misma respetarán todos los emblemas, logos, slogans y demás
distintivos marcarios o de propiedad intelectual que son propiedad de “BAC”. Y reconocen que el
presente documento no les concede derecho alguno sobre ellos.
DÉCIMO SETIMO: INFORMACIÓN ADICIONAL. Toda la información de la promoción y este reglamento
será divulgada por medio de la página web: www.kashlatam.com Para información adicional podrá
contactar al equipo de servicio al cliente por los diferentes canales habilitados por BAC.
DÉCIMOOCTAVO: DERECHO DE IMAGEN. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción,
la persona que resulte favorecida autoriza a que su nombre aparezca en publicaciones y demás medios
publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción,
como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos
por derechos de imagen.
